domingo, 25 de agosto de 2013

Ley de caja de ahorro y fondo de ahorro




                                                     ¿Que es una Caja de Ahorros?

Una caja de ahorros es una entidad de crédito similar a un banco, son instituciones de crédito sin ánimo de lucro y con diferente carácter legislativo. En concreto, los bancos son sociedades anónimas, mientras que las cajas de ahorros se rigen por la ley de sociedades limitadas de carácter fundacional, motivo por el que deben destinar, por ejemplo, una parte de sus dividendos a fines sociales o tienen representación gubernamental (políticos) en su seno



El Fondo de Ahorro
  • Es Una representacion que otorgan las empresas a sus empleados.
  • Consisten en descontar al empleado un porcentaje de su sueldo mientas la empresa entrega una porcion por el mismo importe que el empleado.
  • Debe estar contenido dentro del plan de prevencion social de la empresa.
  • Debe reunir los requisitos de la ley.
  • Los empleados pueden disponer de sus prestamos una vez al año o de acuerdo a las politicas de la empresa.
  • El empleado aporta al fondo de ahorro de forma voluntaria y se debe someter s lo estipulado en el reglamento del mismo.

Ley de Seguro y Reaseguro


 








 El objeto de esta Ley es establecer los principios y mecanismos mediante los cuales el Estado regula las actividades aseguradora, reaseguradora y conexas realizadas en el país, en beneficio de los contratantes, asegurados y beneficiarios de los seguros mercantiles y de la estabilidad del sistema asegurador.
La intervención del Ejecutivo Nacional en las actividades aseguradora,reaseguradora y conexas, desarrolladas en el país, se realizará por órgano de la Superintendencia de Seguros, servicio autónomo de carácter técnico, sin personalidad jurídica, adscrito al Ministerio de Hacienda.

Ley General de Banco

El Fondo de protección social de los depositos bancarios. (FOGADE) es un instituto autónomo, adscrito al Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas y cuya responsabilidad es garantizar los depósitos del público mantenidos en bancos e instituciones financieras de Venezuela. Ante una crisis severa de insolvencia, la institución financiera que se encuentre en problemas es intervenida por el Estado y FOGADE ejerce la función de liquidador del banco y sus empresas relacionadas con actividades no financieras.


 Se rigen por esta Ley los bancos universales, bancos comerciales, bancos hipotecarios, bancos de inversión, bancos de desarrollo, bancos de segundo piso, arrendadoras financieras, fondos del mercado monetario, entidades de ahorro y préstamo, casas de cambio, grupos financieros, operadores cambiarios fronterizos, así como las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crédito.
Asimismo, estarán bajo la inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, las sociedades de garantías recíprocas y los fondos nacionales de garantías recíprocas.
Igualmente quedan sometidas a esta Ley, en cuanto les sean aplicables, las operaciones de carácter financiero que realicen los almacenes generales de depósitos.
Todos los bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras y demás empresas mencionadas en este artículo, están sujetas a la inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras; a los reglamentos que dicte el Ejecutivo Nacional; a la normativa prudencial que establezca la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras; y a las resoluciones y normativa prudencial del Banco Central de Venezuela.
A los efectos de la presente Ley se entiende por normativa prudencial emanada de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, todas aquellas directrices e instrucciones de carácter técnico contable y legal de obligatoria observancia dictadas, mediante resoluciones de carácter general, así como a través de las circulares enviadas a los bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras y demás empresas sometidas a su control.
La presente Ley no será aplicable al Banco de Desarrollo de la Mujer, C.A., el cual se regirá por lo que disponga su respectivo instrumento de creación; tampoco será aplicable a todas aquellas instituciones establecidas o por establecerse, por el Estado, que tengan por objeto crear, estimular, promover y desarrollar el sistema microfinanciero del país, para atender la economía popular y alternativa, conforme a la legislación especial dictada al efecto. Asimismo, las disposiciones de la presente Ley no se aplicarán a las personas jurídicas de derecho público que tengan por objeto la actividad financiera, salvo disposición expresa en contrario contenida en la presente Ley. En consecuencia, a los efectos de la presente Ley, en referencia a las personas sometidas al control de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, así como cualquier expresión similar, excluye a los entes señalados del presente aparte.”


jueves, 22 de agosto de 2013

Ejercicio profesional del Contador Publico


Un Contador Público ejerce diversas funciones de gran importancia a nivel contable en una empresa, bien sea pública o privada, tales como lo indica la Ley del Contador Público;
  • Examinar y evaluar todos los registros y documentos contables de instituciones legales y a su vez realizar el dictamen tanto judicial como administrativo según sea el caso.
  • Auditar y presentar de acuerdo a las disposiciones generales, los estados financieros de las instituciones bancarias, compañías de seguro y de otras instituciones de crédito.
  • Certificar el informe del Comisario de las sociedades de capital según el artículo 311 del Código de Comercio.
  • Dictaminar sobre los balances y estados de ganancias y pérdidas de empresas, fundaciones u otras instituciones de utilidad publica.
Cuando se encuentra la firma y certificación de un contador público sobre los estados financieros, se presume que se ha ajustado a las normas legales y que se ha obtenido información necesaria para fundamentar su opinión.
Llevar libros y registros de contabilidad, formular balances de comprobación o estados financieros, actuar como auditor interno, comprobar y determinar la eficacia de métodos contables no está considerado como ejercicio profesional de la contaduría.
Los contadores públicos deberán cumplir y conservar las siguientes normas de ética para el ejercicio de sus funciones tomando en cuenta como las más importantes:
  • No divulgar información a terceras personas excepto ante las autoridades competentes.
  • No emitir opinión sobre estados financieros razonables solo por hecho de tener una relación directa con la empresa.
Los contadores pueden asociarse para establecer firmas u organizaciones profesionales y dedicarse al ejercicio de su profesión y deben estar inscritos en el colegio de profesional donde este domiciliada la firma.